INSTITUTO MEXICANODEL SEGURO SOCIALSECRETARIA GENERAL 4/México, D.F., a 13 de agosto de 1987AVISO:El H. Consejo Técnico, en la sesión celebrada el día 12 de agosto de 1987, dictó el Acuerdo número 1.313/87, en los siguientes términos:“Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 99, 224, 225, 230 y 231 de la Ley del Seguro Social, acuerda: I..- Aprobar el Estudio elaborado por las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y Jurídica, presentado en los oficios números 1.532 y 1.537 de fecha 6 y 10 de agosto de 1987 de la Subdirección General Técnica, para la incorporación al Seguro Facultativo del Régimen del Seguro Social, de los Estudiantes del nivel medio superior y superior, que se encuentren cursando estudios en Planteles públicos oficiales del Sistema Educativo Nacional, presentado en cumplimiento del Acuerdo 1041/87 dictado por este Cuerpo Colegiado en la sesión celebrada el 15 de julio de 1987. II.- Iniciar el otorgamiento de las prestaciones a que se refiere el Artículo 99 de la Ley del Seguro Social, consistentes exclusivamente en asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, a los estudiantes del nivel medio superior y superior, que cursen estudios en los planteles a los que se hace mención anteriormente, ubicados en los 895 municipios que están incorporados al Régimen del Seguro Social Obligatorio, a partir del día 2 de septiembre de 1987. III.- Respecto de los 72 municipios en los que aún no se ha extendido el Régimen Obligatorio del Seguro Social y en los cuales existen planteles oficiales que imparten estudios de nivel medio superior y superior, las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y Jurídica en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, deberán elaborar un nuevo estudio y someterlo a la consideración de este Consejo Técnico, a fin de precisar la incorporación de los estudiantes en los términos del Acuerdo 1.041/87. IV.- Autorizar al señor Director General y, en su caso, a los Señores Delegados del Instituto Mexicano del Seguro Social, para suscribir los Convenios necesarios para la aplicación de este acuerdo. V.- Las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y Jurídica deberán girar las instrucciones necesarias para la correcta aplicación del presente Acuerdo. VI.- De conformidad con lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en el punto VI de su Acuerdo 1.041/87 del 15 de julio del presente año, conjuntamente las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y de Finanzas, trimestralmente informarán a este Consejo Técnico, sobre la operación de este aseguramiento y sus resultados financieros. VII.- Este Acuerdo deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en los diarios de mayor circulación del país”.ATENTAMENTELIC. EMILIO RABASA GAMBOASECRETARIO GENERAL
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La tabla que nos dá las velocidades de lectura para varios tiempos de lectura del artículo es la siguiente:
Veamos ahora nuevamente el aviso, pero extrayéndole la información esencial que nos interesa desechando el material de relleno que para nosotros en realidad sale sobrando y es por demás inútil:
INSTITUTO MEXICANODEL SEGURO SOCIALSECRETARIA GENERAL 4/México, D.F., a 13 de agosto de 1987AVISO:El H. Consejo Técnico, en la sesión celebrada el día 12 de agosto de 1987, dictó el Acuerdo número 1.313/87, en los siguientes términos:“Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 99, 224, 225, 230 y 231 de la Ley del Seguro Social, acuerda: I..- Aprobar el Estudio elaborado por las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y Jurídica, presentado en los oficios números 1.532 y 1.537 de fecha 6 y 10 de agosto de 1987 de la Subdirección General Técnica, para la incorporación al Seguro Facultativo del Régimen del Seguro Social, de los Estudiantes del nivel medio superior y superior, que se encuentren cursando estudios en Planteles públicos oficiales del Sistema Educativo Nacional, presentado en cumplimiento del Acuerdo 1041/87 dictado por este Cuerpo Colegiado en la sesión celebrada el 15 de julio de 1987. II.- Iniciar el otorgamiento de las prestaciones a que se refiere el Artículo 99 de la Ley del Seguro Social, consistentes exclusivamente en asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, a los estudiantes del nivel medio superior y superior, que cursen estudios en los planteles a los que se hace mención anteriormente, ubicados en los 895 municipios que están incorporados al Régimen del Seguro Social Obligatorio, a partir del día 2 de septiembre de 1987. III.- Respecto de los 72 municipios en los que aún no se ha extendido el Régimen Obligatorio del Seguro Social y en los cuales existen planteles oficiales que imparten estudios de nivel medio superior y superior, las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y Jurídica en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, deberán elaborar un nuevo estudio y someterlo a la consideración de este Consejo Técnico, a fin de precisar la incorporación de los estudiantes en los términos del Acuerdo 1.041/87. IV.- Autorizar al señor Director General y, en su caso, a los Señores Delegados del Instituto Mexicano del Seguro Social, para suscribir los Convenios necesarios para la aplicación de este acuerdo. V.- Las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y Jurídica deberán girar las instrucciones necesarias para la correcta aplicación del presente Acuerdo. VI.- De conformidad con lo dispuesto por este Cuerpo Colegiado en el punto VI de su Acuerdo 1.041/87 del 15 de julio del presente año, conjuntamente las Subdirecciones Generales Técnica, Médica y de Finanzas, trimestralmente informarán a este Consejo Técnico, sobre la operación de este aseguramiento y sus resultados financieros. VII.- Este Acuerdo deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación y en los diarios de mayor circulación del país”.ATENTAMENTELIC. EMILIO RABASA GAMBOASECRETARIO GENERAL
El aviso oficial tenía un total de palabras. ¡Y sólo se requerían unas cuantas palabras para comunicar lo verdaderamente esencial! ¿Puede ver ahora el por qué es importante el fijarle objetivos específicos a todo nuestro material de lectura para evitar el tener que andar perdiendo nuestro tiempo en cosas que no nos interesan ni son necesarias? De hoy en delante, el propósito de la lectura lo es todo.